Mediante Decretos Presidenciales de 31/03/2025, publicados en la Gazzetta ufficiale del 31/03/2025, se fijan los días 8 y 9 de JUNIO de 2025 como fechas para la celebración de los referendos abrogativos ex. art. 75 de la Constitución.
Se recuerda que VOTAR es un DERECHO tutelado por la Constitución italiana y que, en virtud de la Ley núm. 459 de 27 de diciembre de 2001, los ciudadanos italianos residentes en el extranjero, inscritos en las listas electorales, pueden VOTAR POR CORREO, recibiendo el sobre de la papeleta en su domicilio. A tal fin, se recomienda comprobar y regularizar los datos de carácter anagráfico y la dirección de residencia en la oficina consular correspondiente, utilizando preferentemente el portal en línea de los servicios consulares Fast It.
ELECTORES TEMPORALMENTE EN EL EXTRANJERO
Los electores residentes en Italia que, por motivos de trabajo, estudio o tratamientos médicos, se encuentren temporalmente en el extranjero durante un período de al menos tres meses, en el que cae la fecha del próximo referéndum (referéndum abrogativos ex artículo 75 de la Constitución de 8-9 de junio de 2025), así como los familiares que vivan con ellos, pueden ejercer su derecho al voto por correo (artículo 4-bis, apartado 1, Ley 459 de 27 de diciembre de 2001).
Para recibir el sobre de votación (que contiene las papeletas) en la dirección de su residencia temporal en el extranjero, estos electores deben enviar una opción especial AL AYUNTAMIENTO de inscripción en el censo electoral antes del miércoles 7 de mayo de 2025.
La opción (ejercitable mediante el formulario adjunto o en papel normal) deberá enviarse al Ayuntamiento por correo postal, ordinario o electrónico certificado, o ser presentada en mano, también ante el Ayuntamiento, por una persona delegada por el interesado.
La opción, que debe ir acompañada de una copia del documento de identidad válido del votante, debe contener en cualquier caso la dirección postal extranjera completa a la que debe enviarse el sobre electoral, así como la indicación de la oficina consular competente para el territorio. Asimismo, deberá contener una declaración en la que conste que el votante cumple los requisitos para ser admitido al voto por correo, es decir, que se encuentra en un país extranjero en el que no es residente registrado durante un período mínimo de tres meses (en el que cae la fecha de la votación) por motivos de trabajo, estudios o tratamientos médicos, o que es familiar conviviente de un ciudadano que se encuentra en las condiciones mencionadas. A este respecto, el procedimiento descrito se aplica también a los ciudadanos italianos inscritos en el AIRE que residan temporalmente en una CIRCULACIÓN CONSULAR distinta de su residencia permanente.
La opción debe realizarse de conformidad con los artículos 46 y 47 del Decreto Presidencial nº 445 de 28 de diciembre de 2000 (Texto consolidado de las disposiciones legislativas y reglamentarias en materia de documentación administrativa), indicando que conoce las consecuencias penales en caso de declaraciones falsas (artículo 76 del citado Decreto Presidencial 445/2000).
Es posible revocar la opción presentada en la forma descrita anteriormente dentro del mismo plazo (7 de mayo de 2025). Por último, téngase en cuenta que la opción es válida exclusivamente para la consulta electoral a la que se refiere.
FORMULARIO DE OPCIÓN PARA ELECTORES TEMPORALMENTE EN EL EXTRANJERO
INFORMACIÓN GENERAL
¿Qué votamos?
Con los Decretos del Presidente de la República de 31/03/2025, publicados en la Gazzetta Ufficiale, Serie General, n. 75, de 31/03/2025, se han convocado cinco referendos populares abrogatorios
- Ciudadanía italiana: reducir a la mitad, de 10 a 5 años, el tiempo de residencia legal en Italia de los extranjeros extracomunitarios mayores de edad para solicitar la concesión de la ciudadanía italiana.
- Contrato de trabajo con protección creciente – regulación de los despidos ilegítimos: Derogación.
- Pequeñas empresas – despidos y correspondientes indemnizaciones: Derogación parcial.
- Derogación parcial de las normas sobre imposición de la extinción de los contratos de trabajo, duración máxima y condiciones de prórrogas y renovaciones.
- Exclusión de la responsabilidad solidaria del empresario, el contratista y el subcontratista por los accidentes sufridos por el trabajador del contratista o subcontratista, como consecuencia de los riesgos específicos propios de la actividad de los contratistas o subcontratistas: Derogación.
¿Quién puede votar en el extranjero?
- Los electores inscritos en la AIRE (Anagrafe degli Italiani Residenti all’Estero), que reciben el sobre electoral directamente en su domicilio de residencia en el extranjero
- Los italianos que se encuentren temporalmente en el extranjero durante al menos tres meses, exclusivamente POR RAZONES DE TRABAJO, ESTUDIO O TRATAMIENTOS MÉDICOS, y los familiares que vivan con ellos en el extranjero.
ATENCIÓN: los electores que se encuentren temporalmente en el extranjero deben presentar una solicitud específica al Ayuntamiento italiano de residencia ANTES DE 7 DE MAYO para recibir el sobre electoral (se proporcionarán informaciones a este respecto).
¿Cuándo se vota?
- En Italia se vota el domingo 8 y el lunes 9 de junio de 2025.
Los electores en el extranjero votan por adelantado, por correo. Los sobres se enviarán a la dirección de residencia antes del 21 DE MAYO.
ATENCIÓN: los electores que aún no hayan recibido su sobre electoral ANTES DEL 25 DE MAYO podrán dirigirse a su oficina consular para obtener el DUPLICADO
¿Cómo se vota?
Se vota por correo. Las papeletas deben devolverse al consulado, siguiendo cuidadosamente las instrucciones de la hoja informativa que figura en el sobre de la papeleta y utilizando únicamente el material proporcionado con ella. Sólo se enviarán a Italia, para el escrutinio, las papeletas de voto entregadas en la oficina consular correspondiente ANTES DE LAS 16.00 horas (hora local) del jueves 5 DE JUNIO.